Browsing by Author "Romero Day, Raúl Francisco"
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Item Comercio Electrónico(Grupo IEMI .Universidad Tecnológica Nacional. Facultad Regional Mendoza, 2012-01-31) Vesella, Alicia Irene; Romero Day, Raúl Francisco; Sottano, María Elena; Thome, Marlen; Barrera, Carlos RamónEl objetivo del presente trabajo es destacar la importancia del conocimiento de los parámetros legales básicos que regulan en nuestro país la “Compra por Internet”. El método utilizado para obtener la información fue el análisis de casos jurisprudenciales, doctrina y la incipiente legislación sobre el tema. Consecuentemente se procedió a buscar los últimos fallos jurisprudenciales con sus pertinentes doctrinas respaldatorias y se materializó un cotejo de las conclusiones de cada uno de ellos, a los fines de determinar si existe o no un criterio uniforme al momento de regular las compras por internet en nuestro país. De esta forma se pudo observar que las compras por internet, son cada vez mas comunes y hasta necesarias para poder salvar los inconvenientes de tiempo y distancias que perturban nuestra vida pero a su vez, es menester también conocer la regulación vigente, los derechos y obligaciones que nacen de esta practica y nueva forma de obtener mercaderías y servicios en forma inmediata y sin tener que movernos del lugar en el que nos encontramos al momento de sentir la necesidad de adquirirlos. Para lograr que nuestras practicas no impliquen un problema, es menester conocer la privacidad prevista y regulada por diferentes normas y fuentes del derecho, las que persiguen una protección universal e integral. Así podemos concluir que los antecedentes y la normativa vigente en nuestro país es un tópico necesario para el desarrollo de las diferentes actividades profesionales y por ende consideramos que el contenido de este trabajo enriquece la materia Ingeniería Legal, y constituye la oportunidad de incorporar esta novedosa rama del derecho en nuestra cátedra e impartir su aplicación práctica en el ejercicio profesional de nuestros alumnos.Item Correo electrónico y responsabilidad(Grupo IEMI. Universidad Tecnológica Nacional. Facultad Regional Mendoza, 2012-01-31) Vesella, Alicia Irene; Romero Day, Raúl Francisco; Sottano, María Elena; Thome, Marlen; Barrera, Carlos RamónEl objetivo del presente trabajo es destacar la importancia del conocimiento de los parámetros legales que regulan en nuestro país el “correo Electrónico”. El método utilizado para obtener la información fue el análisis de casos jurisprudenciales, doctrina y la legislación sobre el tema. Consecuentemente se procedió a buscar los últimos fallos jurisprudenciales con sus pertinentes doctrinas respaldatorias y se materializó un cotejo de las conclusiones de cada uno de ellos, a los fines de determinar si existe o no un criterio uniforme al momento de regular el uso de esta herramienta informática. El análisis es concluyente, no quedan dudas que el correo electrónico es el medio idóneo, certero y veloz para enviar y recibir todo tipo de mensajes, para emitir y archivar información, que posee características de la protección de la privacidad prevista y regulada por diferentes normas y fuentes del derecho, las que persiguen una protección universal e integral. Así podemos concluir que los antecedentes y la normativa vigente en nuestro país es un tópico necesario para el desarrollo de las diferentes actividades profesionales y por ende consideramos que el contenido se este trabajo enriquece la materia Ingeniería Legal, y constituye la oportunidad de incorporar esta novedosa rama del derecho en nuestra cátedra e impartir su aplicación práctica en el ejercicio profesional de nuestros alumnos.Item La firma digital(Grupo IEMI .Universidad Tecnológica Nacional. Facultad Regional Mendoza, 2012-01-31) Romero Day, Raúl Francisco; Sottano, María Elena; Thome, Marlen; Vasella, Alicia IreneEl objetivo del presente trabajo es determinar cuáles son los parámetros legales básicos que regulan en nuestro país la utilización de la firma digital y la validez de los instrumentos públicos y privados que la contienen. La firma digital es un conjunto de datos asociados a un mensaje que permite asegurar la identidad del firmante y la integridad del mensaje. La Ley 25.506 establece el marco legal de la firma digital en Argentina. El método utilizado para obtener la información fue el análisis de casos jurisprudenciales, doctrina, legislación y el derecho comparado. Consecuentemente se procedió a buscar los últimos fallos jurisprudenciales con sus pertinentes doctrinas respaldatorias y se materializó un cotejo de las conclusiones de cada uno de ellos, a los fines de determinar si existe o no un criterio uniforme al momento de regular el uso y validez de la firma digital en la Argentina y en otros países de América. De esta forma se pudo dirimir los casos en que este medio informático es utilizable y las consecuencias legales de su aplicación. Así se pudo concluir que conforme los antecedentes y la normativa vigente en nuestro país la firma digital es un medio informático válido en el desarrollo de las diferentes actividades profesionales, como asimismo constituye un medio probatorio válido, sin embargo no tiene, en Argentina, la extensión y aplicación que se observa en otros países. Asimismo se considera que el contenido se este trabajo enriquece la materia Ingeniería Legal, y constituye la oportunidad de incorporar un aspecto del derecho informático a la cátedra e impartir su aplicación práctica en el futuro ejercicio profesional de los alumnos, adaptándolos a las nuevas exigencias de índole mundial.Item Marco Básico Constitucional del Derecho(Grupo IEMI .Universidad Tecnológica Nacional. Facultad Regional Mendoza, 2014-01-31) Romero Day, Raúl Francisco; Sottano, María Elena; Thome, Marlen; Vanella, Alicia IreneHablar sobre el derecho ambiental implica hablar sobre el ambiente y sobre la relación entre el hombre y la naturaleza, dado que la actividad del hombre impacta sobre el ambiente alterando las propiedades físicas, químicas, biológicas del medio ambiente, que superan cada vez más la capacidad de absorción del impacto, lo que implica la imposibilidad de su mantención como recurso sustentable. Sin embargo, lograr un mundo ambientalmente sustentable debe constituirse en una meta. Esta sustentabilidad requiere justicia social, idoneidad, moralidad, ética, educación, participación ciudadana, democracia participativa, etc., lo que motivó y fundamentó el nacimiento a la ecofilosofía y dentro de la misma, a tres perspectivas, la ética, la ontológica y la social, para ser luego receptada por el derecho ambiental. Esta rama interactúa con las restantes de la ciencia del Derecho y es integradora de las mismas. El Derecho ambiental se rige entonces por principios extrajurídicos por ser una concepción multidisciplinaria y con éste carácter y modalidad está contenido en la Constitución Nacional y al momento de redactarse su normativa específica también se tuvo en cuenta las consecuencias culturales de la tutela constitucional del medio ambiente.Item Principios de la privacidad en internet: régimen jurídico(Grupo IEMI .Universidad Tecnológica Nacional. Facultad Regional Mendoza, 2012-01-31) Sottano, María Elena; Romero Day, Raúl Francisco; Thome, Marlen; Vasella, Alicia IreneEl propósito de este trabajo fue estudiar el sistema legal argentino referido a la protección de los derechos personales en Internet. El método utilizado partió del análisis de fallos jurisprudenciales determinando criterios, antecedentes legales, motivos, y fundamentos que emparejan a la Argentina en este movimiento globalizado. En esta área del derecho no existe una codificación general de reglas aplicables a cuestiones de Internet. Este derecho está evolucionando en Argentina, inicialmente a través de la aplicación de normas del Código Civil y otras normas generales, pero no puede perder de vista lo que sucede a nivel internacional. Sin lugar a dudas, Internet, el correo electrónico, los sistemas de firma digital y el comercio electrónico terminarán siendo regulados en forma universal, para lo cual se deben tener en cuenta la libertad de expresión y el acceso a la información pública. Así la protección de los derechos personales contempla principios generales que se deben respetar para no invadir el derecho de la intimidad y la privacidad de las personas. Las conclusiones son parciales debido a que es un derecho en formación sin que por ahora se pueda elaborar una rama independiente. Del resultado de este trabajo se espera obtener un conocimiento permita ser transferido en el futuro a los alumnos de las carreras de Ingeniería de todas las especialidades de la FRM UTN toda vez que es una herramienta de trabajo actualizada, para ser aplicada en la resolución de casos concretos que se presentan, con miras a una corriente probatoria uniforme cada vez más globalizada.Item Recursos Naturales: uso racional y sustentable(Grupo IEMI .Universidad Tecnológica Nacional. Facultad Regional Mendoza, 2014-01-31) Romero Day, Raúl Francisco; Sottano, María Elena; Thome, Marlen; Vasella, Alicia IreneA partir de la reforma de la Constitución Nacional de 1.994, se han incorporado los principios universalmente admitidos como derechos humanos en lo concerniente a la calidad de vida, así lo dispone el art. 41: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de compensar, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos”. La tutela del ambiente, los recursos naturales, y su uso, tienen actualmente rango constitucional, y es parte del capítulo de los nuevos derechos y garantías. Cuando la Constitución Nacional se refiere a los recursos naturales, deben entenderse comprendidos TODOS los recursos y no solamente aquellos que tienen valor económico. Cuando se refiere a uso racional, marca criterios que van más allá de los impuestos por la economía capitalista globalizada vigente, creando una cultura del re-uso para reaprovechar todo lo usable por diferentes sectores de la sociedad. Cuando habla de un desarrollo sustentable, relacionando el art.41 con el art. 75 inc. 19 de la Constitución Nacional, se refiere al desarrollo humano diferenciándose del progreso económico o al crecimiento sostenido, ya que se refiere a la obligación del Estado de proveer lo conducente al desarrollo humano, y propicia el crecimiento armónico de la Nación y el progreso económico con justicia social.